Aportaciones de nuestra Plataforma al borrador de nuevo reglamento del Consejo Escolar Municipal de Aranjuez



Conocido el documento de borrador del nuevo reglamento del Consejo Escolar Municipal de Aranjuez en nuestra reunión del 22 de marzo y analizado dicho documento en nuestra reunión de 3 de abril hemos llegado a las siguientes conclusiones:

En cuanto a sus competencias y funciones, que figuran en el artículo 12 punto c y d, consideramos que deben dejarse en su redacción anterior, es decir
c) El consejo escolar municipal, en Pleno, INFORMARÁ (No “será informado”) sobre propuestas de convenio y acuerdos que mejoren la prestación de servicios educativos.
d) EMITIRÁ INFORME NO VINCULANTE (No “será informado”) sobre la propuesta de presupuesto municipal en materia educativa.
Consideramos esta rectificación necesaria dado que el Consejo debe ser, como indica en su preámbulo, el órgano superior de consulta y participación democrática en la programación de la enseñanza en Aranjuez, y no meramente pasivo y receptor de la información municipal.

En cuanto al funcionamiento del pleno, dado que en el nuevo desaparece su comisión permanente puesto que se pretende la toma de decisiones en el pleno general, parece indicado que se reúna con más periodicidad que la que indica su artículo 14:
El pleno del consejo se reunirá con carácter ordinario dos veces al año, previa convocatoria de su presidente, con un mínimo de 48 horas de antelación, con propuesta de orden del día elaborado por la Comisión Permanente. Podrá celebrar sesiones extraordinarias y sesiones de urgencia, convocadas con 24 horas de antelación, cuando lo determine su presidente o dos tercios de los consejeros/as.
Dado que la comisión permanente desaparece (que era la que realmente se reunía en el pasado consejo) y que su periodicidad, contenido en el antiguo artículo 22, indicaba que
La comisión permanente se dotará de un calendario para las reuniones de trabajo, como mínimo, una vez por trimestre para atender los asuntos de su competencia, y en todo caso, previamente a la celebración del Pleno para elaborar su orden del día.
Proponemos, por tanto, que el nuevo pleno del consejo se reúna, como mínimo, una vez por trimestre.
Por otro lado, no parece quedar claro quién elaborará en el nuevo consejo el orden del día de las reuniones. Parece necesario, por lo tanto, corregir también este punto del artículo 14. Nuestra propuesta sería incluir, en este artículo o en otro específico: con propuesta de orden del día elaborada mediante la inclusión de puntos sugeridos en la reunión anterior así como también cualquier otro sugerido por uno de sus miembros presentado al presidente con una anterioridad de 48 horas a la celebración de la reunión.
Dado todo lo anterior, la nueva redacción del artículo 14 quedaría del siguiente modo:
El pleno del consejo se reunirá con carácter ordinario, como mínimo, una vez por trimestre, previa convocatoria de su presidente, con un mínimo de 48 horas de antelación, con propuesta de orden del día elaborado mediante la inclusión de puntos sugeridos en la reunión anterior así como también cualquier otro sugerido por uno de sus miembros presentado al presidente con una anterioridad de 48 horas a la celebración de la reunión. Podrá celebrar sesiones extraordinarias y sesiones de urgencia, convocadas con 24 horas de antelación, cuando lo determine su presidente o dos tercios de los consejeros/as.

Por último, en cuanto a la composición del consejo, que figura en su artículo 6, parece comprensible el deseo de reducirlo para hacerlo más funcional y que las decisiones puedan ser tomadas en Pleno, en vez de en reuniones reducidas de la permanente. No obstante, no entendemos como esta reducción, dejándolo en 15 miembros, puede pasar por la desaparición de sectores fundamentales en el mismo y que antes sí lo estaban. Por lo tanto proponemos recuperar, en un número adecuado al nuevo pleno, los siguientes:
f) 1 alumno elegido  de entre los que conforman los consejos escolares de centro de la localidad.
g) 1 representante del personal no docente, designado por la central sindical más representativa del sector.
k) 1 representante de la enseñanza universitaria de la localidad, elegido por ellos y entre ellos.
l) 1 representante de cada una de las uniones comarcales de las centrales sindicales.
n) 1 representante de cada federación de AMPAS locales, que será la figura de su presidente.
Por otro lado, también parece lógico aumentar el número de profesores pues son, al cabo, los verdaderos técnicos especialistas en educación, pues nos parece completamente insuficiente solo un profesor representante de la escuela pública y otro de la privada-concertada.
Contando con la proporcionalidad en la representatividad, nosotros proponemos sustituir estos dos únicos profesores por los siguientes:
c) 4 profesores de la enseñanza pública con destino en un centro docente del municipio, representando a cada tramo educativo del siguiente modo:
1 representante de educación infantil
1 representante de educación primaria
1 representante de educación secundaria, bachillerato y ciclos formativos.
1 representante de educación de adultos, escuela oficial de idiomas, educación especial.
d) 2 representantes de la enseñanza privada-concertada con destino en un centro docente del municipio, representando a cada tramo educativo del siguiente modo:
1 representante de educación infantil y primaria
1 representante de educación secundaria, bachillerato y ciclos formativos.
En cuanto a la elección de los profesores, no nos parece adecuado que sean elegidos por los sindicatos con mayor representatividad en el sector, sino que deberían ser propuestos uno por centro y tramo educativo y elegidos entre sus representantes

Con todos estos cambios el Pleno del consejo pasaría a tener 25 miembros, un número que sigue siendo reducido pero en el que están representados absolutamente todos los sectores, con proporcionalidad, y de carácter mucho más técnico.



Las conclusiones de este análisis se harán llegar a todos los grupos políticos con representación en el pleno municipal para que puedan valorarlas, así como a los miembros de nuestra lista de correo general.

Por último, nuestro deseo de que el nuevo reglamento signifique recuperar el cauce de participación ciudadana perdido durante estos años.

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